El tiempo de desplazamiento entre el domicilio hasta el primer cliente o desde el último al domicilio no es tiempo de trabajo (STS 4/12/2018)

La STS 4 de diciembre 2018 (rec. 188/2017) ha entendido que el tiempo destinado por los trabajadores desde su domicilio hasta el del primer usuario y desde el domicilio del último usuario hasta el del trabajador no puede ser calificado como tiempo de trabajo. Este pronunciamiento reitera la doctrina de la STS 1 de diciembre 2015 (rec. 284/2014), rechanzado que sea aplicable la doctrina del TJUE en el caso Tyco (sentencia 10 de septiembre 2015, C-266/14).

Los (nuevos) límites del contrato eventual o el (indeseable) estímulo de la temporalidad (STS 12/12/18)

El TS, a través de la sentencia 12 de diciembre 2018 (rec. 151/2017), ha admitido que, en el sector de Contact Center, la negociación colectiva puede establecer que, tratándose de la actividad permanente de la empresa (esto es, atender llamadas telefónicas), la temporalidad de un contrato eventual quede justificada tan solo por el mero hecho de que se celebra para los seis primeros meses de cada campaña.

El contenido de esta sentencia (que cuenta con un fundamentado VP – firmado por 5 magistrados) ya ha sido analizado de forma crítica por el Profesor Rojo en su blog (adhiriéndose al planteamiento disconforme de la minoría). Posicionamiento que, como trataré de exponer, también comparto.

Temporalidad y calidad en el empleo: algunas propuestas de reforma

  La cuestión relativa a la acusada segmentación del mercado de trabajo español y, en particular, al uso recurrente de la temporalidad ilícita ha sido abordada en diversas entradas de este blog y trabajo doctrinales. La última aproximación realizada en este blog hacía referencia a esta problemática a partir de una modesta aproximación desde el punto de vista de la «Economía del Comportamiento» (o Behavioral economics): «Coste del despido, sesgos, […]

En sucesión de empresa, el certificado negativo de la TGSS no exonera de responsabilidad por las deudas aplazadas

La STS\C-A 24 de octubre 2018 (rec. 2701/2016), tal y como ya había establecido la STS\C-A 21 de julio 2015 (rec. 3561/2013), ha ratificado que, en un supuesto sucesorio, la certificación negativa de la TGSS no exonera de responsabilidad por las deudas aplazadas por impago de cotizaciones sociales.

El objeto de esta entrada es analizar la fundamentación de esta importante doctrina y, a continuación, hacer una aportación crítica a la misma.

Declarada la improcedencia, ¿cabe readmisión si el trabajador se ha jubilado al producirse el despido?

Si una empresa reconoce la improcedencia de un despido objetivo en la conciliación preprocesal, ¿puede optar a la readmisión si el trabajador ha procedido a la jubilación anticipada al producirse la extinción del contrato?

A esta cuestión ha respondido afirmativamente la STSJ Asturias 6 de noviembre 2018 (rec. 2104/2018), confirmando el criterio de la instancia, y obligando a la empresa al abono de los salarios de tramitación hasta la notificación de la sentencia.

Festivo reconocido a miembros de ciertas Iglesias y discriminación directa por motivo de la religión (STJUE 22 de enero 2019, C‑193/17, Cresco)

La STJUE 22 de enero 2019 (C‑193/17), Cresco Investigation, ha declarado que la concesión de un día festivo remunerado el Viernes Santo en Austria solo a los trabajadores que pertenecen a determinadas iglesias constituye una discriminación por motivos de religión prohibida por el Derecho de la Unión. 

Sucesión de empresa y mantenimiento del mandato de los representantes de los trabajadores (¿se está respetando el contenido de la Directiva 2001/23?)

  En la STSJ Cantabria 26 de noviembre 2018 (rec. 680/2018) se plantea si, en un supuesto de sucesión de plantilla subsumible en el art. 44 ET, se ha vulnerado el derecho a la libertad sindical al no reconocer la contratista entrante el crédito horario para actividades sindicales de una trabajadora que era miembro del comité de empresa de la  saliente. Se trata de un caso muy interesante, pues, aunque […]

Accidente de trabajo e indemnización por daño moral: no procede descontar lo percibido en concepto de prestación de la Seguridad Social

Al importe por daño moral reconocido en caso de incapacidad permanente e incapacidad temporal, ¿debe descontarse lo percibido en virtud del subsidio de incapacidad temporal?

La STS 21 de noviembre 2018 (rec. 3626/2016) ha abordado esta cuestión manteniendo el criterio jurisprudencial existente y corrigiendo el criterio de la instancia y de suplicación (STSJ Andalucía\Granada 12 de mayo 2016, rec. 21/2016), esto es, rechaza que pueda procederse a este descuento.

Coste del despido, sesgos, ansarinos y anclas

  El pasado 15 de noviembre 2018 tuve oportunidad de presentar en la Universidad de Sevilla una ponencia en el seminario sobre “Pobreza en la ocupación y envejecimiento activo”, como parte del Congreso internacional “Instrumentos normativos para la mejora de las trayectorias laborales en el nuevo contexto demográfico, económico y tecnológico”. El título de mi intervención era el siguiente: «Temporalidad y calidad en el empleo: algunas propuestas de reforma«. Quiero […]