No se vulnera la libertad sindical si se exige justificar (de forma genérica) el uso del crédito horario o el crédito sindical y no se remunera en caso contrario (STS 17/6/24 y STS 18/9/25)

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1 comentario en “No se vulnera la libertad sindical si se exige justificar (de forma genérica) el uso del crédito horario o el crédito sindical y no se remunera en caso contrario (STS 17/6/24 y STS 18/9/25)

  1. Muy esclarecedor el análisis, especialmente por cómo encadena las dos sentencias del Tribunal Supremo y las sitúa dentro de una misma línea doctrinal sobre el uso del crédito horario y la libertad sindical. La sistematización de las “reglas” que se desprenden de la primera resolución y su aplicación posterior al caso en el que se abren expedientes sancionadores permite entender muy bien hasta dónde puede llegar la exigencia empresarial de justificación genérica sin lesionar derechos fundamentales.
    Mirada Crítica Relaciones Laborales
    +1

    También es muy útil la forma en que se diferencian los planos: por un lado, el control sobre el uso del crédito horario, y por otro, las consecuencias jurídicas de la falta de justificación, marcando la frontera entre la legítima organización empresarial y una eventual reacción antisindical. Para quienes nos dedicamos al asesoramiento laboral de empresas y a la negociación colectiva, disponer de este tipo de análisis tan didácticos ayuda muchísimo a trasladar criterios claros y prudentes a la práctica. Enhorabuena por el trabajo.

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