El objeto de esta entrada es – simplemente – enumerar los pronunciamientos judiciales recientes en los que el art. 43 ET ha sido aplicado, o bien, se ha discutido su aplicabilidad (incluyendo un breve resumen).
[la información ha sido extraída a partir del Servicio de Alertas de Westlaw-Aranzadi y el Buscador de Jurisprudencia del CGPJ/CENDOJ].
Tribunal Supremo
▪️ ZOZAYA GAS SL, TRANSPORTES HAM SA, SOCIEDAD ESPAÑOLA DE CARBUROS METÁLICOS SA y ZOZAYA CISTERNAS SL, despido efectuado por la primera empresa por causas objetivas sin poner a disposición de los trabajadores la indemnización. Primer motivo: Cesión ilegal de trabajadores entre ZOZAYA GAS SL y CARBUROS METÁLICOS SA. Se estima. Segundo motivo: Inexistencia de grupo patológico de empresas entre ZOZAYA GAS SL y ZOZAYA CISTERNAS SL. Falta de contradicción. Voto Particular. SSTS (2) 16 de mayo 2019 (rec. 3861/2016; rec. 4082/2016)
Tribunal Superior de Justicia
▪️ GARANTÍAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: cesión ilegal de trabajadores: inexistencia: falta de acreditación de que haya tenido lugar una cesión de mano de obra distinta a una encomienda de gestión. STSJ Madrid 3 de abril 2019 (rec. 939/2018)
▪️ CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES: desestimación: empresario real. STSJ Madrid 18 de marzo 2019 (rec. 247/2018)
▪️ CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES: desestimación: prestación de los servicios contratados en los que no existe mera puesta a disposición de mano de obra, de la contratista a la principal. STSJ Galicia 29 de marzo 2019 (rec. 4817/2018)
▪️ INEXISTENCIA DE CESIÓN ILEGAL: contrato administrativo de prestación de servicios en la gestión de la red municipal de bibliotecas de Murcia, actividad contratada dotada de autonomía, con poder de dirección, control y organización de la empresa contratista; valida finalización de contrato de obra o servicios por causa objetiva para la terminación de los contratos de trabajo de los empleados que prestaban servicios en la ejecución de tal tipo de contratas ante la decisión del Ayuntamiento de prestar el servicio mediante su propio personal. CONTRATO DE COLABORACIÓN SOCIAL CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: cese que constituye despido improcedente por fraude de ley en la contratación. STSJ Murcia 13 de febrero 2019 (rec. 1287/2018)
▪️ CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES: inexistencia: contratación administrativa de prestación de servicios en la Red Municipal de Bibliotecas de Murcia: tratándose de actividad dotada de autonomía, con ejercicio del poder de dirección, control y organización por la empresa adjudicataria; extinción procedente de los contratos de obra o servicio, por causas objetivas, debido a la finalización de la contrata administrativa con el Ayuntamiento; no existiendo despido, por otra parte, a la finalización del contrato de colaboración social suscrito por el actor con la entidad municipal, tras la extinción objetiva precedente: no concurriendo ni discriminación, ni vulneración de la garantía de indemnidad al respecto. STSJ Murcia 27 de febrero 2019 (rec. 1325/2018)
▪️ CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES: inexistencia: contrata dede conservación de la colección del museo, formación continua de los guías y difusión y promoción cultural y pedagógica, guías de grupos y atención e información al público, vigilancia de salas y seguridad de la colección permanente y exposiciones temporales y asistencia técnica a actividades del Museo, donde la empresa contratista con actividad y organización propia y estable, ejerciendo las funciones inherentes a su condición de empresario. DESPIDO OBJETIVO NULO: denegación: inexistencia de vulneración de la garantía de indemnidad. STSJ Murcia 6 de marzo 2019 (rec. 1394/2018)
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