Relación de sentencias recientes (TS/TSJ) sobre el art. 44 ET (ABR’16)

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El objeto de esta entrada es – simplemente – enumerar  los pronunciamientos judiciales recientes en los que el art. 44 ET ha sido aplicado, o bien, se ha discutido su aplicabilidad (incluyendo un breve resumen).

[la información ha sido extraída a partir del Servicio de Alertas de Westlaw-Aranzadi y el Buscador de Jurisprudencia del CGPJ/CENDOJ].

 

 

Tribunal Supremo


▪️ARRENDAMIENTO DE INDUSTRIA Y SUCESIÓN DE EMPRESAS/INEXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN. Despido objetivo por causas económicas declarado improcedente. Arrendamiento de industria del que se deduce sucesión de empresas. Falta de contenido casacional por pretender la revisión de los hechos probados y falta de contradicción sobre el motivo de si existe sucesión de empresa en caso reversión de una gasolinera a Repsol.  TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 23 de febrero 2016 (rec. 2634/2014)

▪️SUCESIÓN DE EMPRESAS: Estación de servicios y fin del contrato de arrendamiento de industria, revirtiendo la gasolinera a Repsol. Falta de contradicción. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 23 de febrero 2016 (rec. 2635/2014)

▪️Despido objetivo por causas económicas declarado improcedente. Arrendamiento de industria del que se deduce sucesión de empresas. Falta de contenido casacional por pretender la revisión de los hechos probados y falta de contradicción. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 23 de febrero 2016 (rec. 2612/2014)

▪️CONTRATA DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS. Extinción de la contrata y asunción del cometido por la administración hasta la adjudicación de la contrata siete meses después. por inexistente obligación convencional de subrogación, se extinguen los contratos a la finalización de la obra/servicio pactado. en todo caso, el cese sería ajustado a derecho, sin responsabilidad para la inicial contratista [extinción por la causa prevista en el contrato], ni para la administración [asume con sus propios medios el mantenimiento] ni para la nueva adjudicataria [la cadena sucesoria se rompe por la solución de continuidad]. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 2 de febrero 2016 (rec. 400/2014)

▪️Conflicto colectivo. Personal de la Agencia de Turismo de Galicia. Conservación de derechos tras la subrogación empresarial. Naturaleza de cantidades percibidas como dietas. Condición más beneficiosa, se aprecia aunque el empleador sea una Administración. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 3 de febrero 2016 (rec. 143/2015)

▪️Conservación de derechos tras la subrogación empresarial.  TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 3 de diciembre 2015 (rec. 5/2015)

 

 

Tribunales Superiores de Justicia


▪️INEXISTENCIA DE SUCESIÓN DE EMPRESAS: no se ha acreditado la transmisión de medios materiales en la recuperación, por parte del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, del servicio de cafetería y comedor en el «Centre d´iniciatives per a la reiserció-CIRE», para cederlo a otra empresa pública. TSJ de Cataluña, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 6804/2015 de 17 noviembre 2015 (rec. 4216/2015).

▪️GARANTIAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: cesión ilegal de trabajadores: existencia: derecho del trabajador a adquirir la condición de trabajador fijo en la empresa por la que manifiesta su elección: procedencia. TSJ de Asturias, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 164/2016 de 9 febrero 2016 (rec. 2754/2015)

▪️SUCESION EMPRESARIAL: respeto a condiciones laborales preexistentes, incluidos los compromisos de pensiones y otras prestaciones de carácter social, no habiéndose demostrado el actuar fraudulento del trabajador y de la empresa; si bien cabría la responsabilidad solidaria de todos los demandados, el demandante a decidido ir contra su última empresa, algo legítimo. TSJ de Galicia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 5951/2015 de 30 octubre 2015 (rec. 4328/2014).

▪️DESPIDO TACITO: inexistencia: sucesión de empresas: desestimación. TSJ de Galicia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 594/2016 de 29 enero 2016 (rec. 4552/2015)

▪️SUCESION DE EMPRESAS: se aprecia en la sucesión de contratas acaecida, en virtud de la aplicación del Convenio Colectivo del metal de la provincia de Albacete, la no adscripción del personal proveniente de la anterior empresa adjudicataria determina la consideración del despido como improcedente.  TSJ de Castilla-La Mancha, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 1169/2015 de 2 noviembre2015 (rec. 1020/2015).

▪️SUCESION DE EMPRESAS: se aprecia al concurrir identidad del objeto social, transmisión de la clientela y asunción por la segunda de toda la plantilla de la primera, siendo irrelevante que no coincidan los locales o que no haya habido transmisión de bienes muebles ya que los mismos no son esenciales a los efectos de la realización de la actividad. TSJ de Castilla-La Mancha, (Sala de lo Social, Sección 2ª) Sentencia num. 1207/2015 de 6 noviembre2015 (rec. 958/2015).

▪️EXTINCION DEL CONTRATO POR CAUSAS ECONÓMICAS IMPROCEDENTE: doble sucesión de empresas con respecto a los propietarios del local, que continuaron durante un tiempo prestando la actividad hostelera, al resolver el contrato de arrendamiento del local de negocios el arrendatario y luego, con respecto al nuevo arrendatario del mismo establecimiento de restauración, que motiva la responsabilidad solidaria de todos ellos. TSJ de Castilla-La Mancha, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 1310/2015 de 26 noviembre2015 (rec. 1197/2015).

▪️GARANTIAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: existencia de sucesión de empresas: despido improcedente: inexistencia de responsabilidad solidaria del anterior titular del negocio que se jubiló.  TSJ de Castilla y León, Valladolid (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 7 enero 2016 (rec. 2038/2015).

▪️GARANTIAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: sucesión de empresas: efectos: respeto a condiciones laborales preexistentes: antigüedad: procedencia.  TSJ de Islas Canarias, Las Palmas (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 1515/2015 de 19 noviembre 2015 (rec. 800/2015).

▪️SUCESION DE EMPRESAS: efectos: despido improcedente: responsabilidad de la empresa saliente al no ser de aplicación el Convenio de Limpieza: contrata distinta. TSJ de Madrid, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 1025/2015 de 18 diciembre 2015 (rec. 790/2015).

▪️SUBROGACIÓN EMPRESARIAL: Inexistencia: extinción del servicio de limpieza contratado por traslado de la unidad a otro lugar en el que ya existía una contrata de limpieza que había asumido el espacio físico en el que se ubica esa unidad, sin que se ampliara nada en relación con el servicio: despido improcedente. TSJ de Madrid, (Sala de lo Social, Sección 4ª) Sentencia num. 788/2015 de 6 noviembre 2015 (rec. 649/2015).

▪️SUCESIÓN DE EMPRESAS: en el supuesto de sucesión de contrata de auxiliares contratados con la Universidad Rey Juan Carlos no existe subrogación por no apreciarse la sucesión de plantilla, ni haberse transimitido una unidad productiva autónoma. CONTRATOS TEMPORALES FRAUDULENTOS: por cuanto, además de las irregularidades formales, se han utilizado diversas modalidades contractuales para realizar la misma actividad, lo que determina, ante las sucesivas subrogaciones en esta contratación temporal fraudulenta, que las empresas que se subrogaron en ella deban pechar con las consecuencias negativas derivadas de la fraudulencia inicial de dicha contratación sin causa de temporalidad. TSJ de Madrid, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 955/2015 de 4 diciembre 2015 (rec. 771/2015).

 

 

 


Puede accederse a otros recopilatorios sobre este artículo en este enlace y a análisis críticos sobre esta materia en este

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