Indemnización de 12 días (y no de 20) a extinción de contrato de relevo por jubilación total del relevado (STS 7/5/19)

La saga sobre la indemnización de los contratos temporales sigue su curso y, periódicamente, va estrenando nuevos capítulos. El último (que tenga constancia) se refiere a la indemnización que debe abonarse en caso de extinción de un contrato de relevo (a tiempo parcial) por jubilación total del relevado.

La STS 7 de mayo 2019 (rec. 3081/2017) ha dictaminado que debe abonarse la indemnización prevista en el art. 49.1.c) ET (y no una de 20 días).

Un nuevo episodio «de Diego Porras»: Extinción de contrato eventual e indemnización de 20 días según el TSJ Andalucía (y controversias pendientes)

Análisis de la STSJ Andalucía\Málaga 16 de noviembre 2016 (rec. 1515/2016) que extiende la indemnización de 20 días a la extinción ajustada a derecho de un contrato eventual celebrado en un Ayuntamiento.

La entrada también incluye una propuesta sobre las eventuales implicaciones de la doctrina de Diego Porras en otras modalidades contractuales.