La contratación temporal no se opone a la estabilidad «en el empleo» (pero si amenaza a la estabilidad «en la actividad»)

Extracto de la Comunicación presentada a las XXVII Jornadas de Derecho Social de la ACI, en la que se pretende demostrar que desde el punto de vista dogmático el principio de estabilidad «en el empleo», como derivada del principio de conservación del negocio jurídico, no es incompatible con la contratación temporal. En cambio, se sostiene que la temporalidad es una clara amenaza para la estabilidad «en la actividad».