La prestación de incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez no es compatible con el trabajo, salvo si es marginal o esporádico (STS\Pleno 11/4/24)

Análisis crítico de la STS 11 de abril 2024 (rec. 197/2023), dictada en pleno (y sin VP), en virtud de la cual, a propósito de un pensionista que trabajaba para la ONCE, se establece que la situación de incapacidad absoluta o gran invalidez no es compatible con el trabajo, salvo que sean esporádicos o marginales, no dando lugar a su inclusión en la Seguridad Social.