A partir de la doctrina Marclean (ver aquí), como saben, en el cómputo de los 90 días de la cláusula antifraude pueden tenerse en cuenta los despidos anteriores y posteriores al despido (es lo que se conoce como la «regla del compás»). La STS 19 de abril 2022 (rec. 1779/2019) aborda (de nuevo) la cuestión relativa a si el cómputo de las extinciones contractuales a tener en cuenta en […]
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El JS/3 Barcelona formula cuestión prejudicial sobre el método de cómputo de los 90 días del despido colectivo
Análisis del Auto del JS/3 de Barcelona que formula una cuestión prejudicial alrededor del método de cómputo del período de 90 días del despido colectivo (sugiriendo que su cómputo puede ser también hacia el futuro o mixto).
Método de cómputo del plazo de 90 días en el despido colectivo: ¿es plenamente compatible con la Directiva 98/59?
Análisis de la STS 11 de enero 2017 (rec. 2270/2015) que aborda la cuestión relativa al método de cómputo del período de 90 días a tener en cuenta para determinar el número de extinciones producidas a los efectos del despido colectivo (art. 51.1 ET). La Sentencia ha ratificado la doctrina sentada en pronunciamientos anteriores (confirmando, en esencia, que el cómputo a partir de la fecha de la última extinción debe ser hacia atrás).
En esta entrada cuestiona que este criterio interpretativo permita el efecto útil de la Directiva 98/59.