Relación de sentencias recientes (TS/AN/TSJ) sobre el fin de la vigencia de convenios colectivos – ultraactividad (JUN’16)

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El objeto de esta entrada es enumerar las sentencias recientes (TS/AN/TSJ) que se han dictado sobre el fin de la vigencia/utraactividad de los convenios colectivos.

[la información ha sido extraída a partir del Servicio de Alertas de Westlaw-Aranzadi y el Buscador de Jurisprudencia del CGPJ/CENDOJ].

 

 

Tribunal Supremo

Conflicto Colectivo: Ultraactividad del Convenio Colectivo de Hostelería y Similares del Principado de Asturias (BOPA de 11/02/2009). El Convenio Colectivo ha sido suscrito y publicado con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 3/2012, ha sido denunciado con anterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley, a fecha 8 de julio de 2013 no se ha alcanzado un acuerdo y contiene una cláusula en la que se dispone que «(…) Una vez denunciado el Convenio Colectivo se considerará íntegramente vigente hasta la firma de un nuevo acuerdo» .El convenio mantiene su ultraactividad hasta que los sujetos legitimados para negociar un nuevo convenio suscriban un convenio que sustituya al que se encuentra en ultraactividad. Reitera doctrina, entre otras, STS/IV de 17-marzo-2015 (RC. 233/2013). TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 26 de abril 2016 (rec. 330/2016)

Audiencia Nacional

CONVENIOS COLECTIVOS-ULTRAACTIVIDAD: el Convenio denunciado no continúa en ultraactividad superado el 8 de julio de 2013: cumplido el año desde la entrada en vigor de la Ley 3/2012, si bien los derechos y obligaciones de las partes existentes en el momento en que termina la ultraactividad no desaparecen porque estaban ya contractualizadas desde la creación de la relación laboral, determina que la decisión empresarial de aplicar de forma selectiva el convenio caducado es contraria derecho, debiendo ser aplicado el mismo de forma íntegra hasta la firma del nuevo convenio. AN (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 48/2015 de 23 marzo 2015 (rec. 283/2014)

CONVENIOS COLECTIVOS-ULTRAACTIVIDAD:  el Convenio denunciado no continúa en ultraactividad superado el 8 de julio de 2013, cumplido el año desde la entrada en vigor de la Ley 3/2012: los derechos y obligaciones de las partes existentes en el momento en que termina la ultraactividad no desaparecen porque estaban ya contractualizadas desde la creación de la relación laboral;  inaplicación de la revisión salarial pero aplicación de los premios de antigüedad. AN (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 79/2015 de 4 mayo 2015 (rec. 50/2015).

Tribunales Superiores de Justicia

Convenios Colectivos. Fin de la ultraactividad. Trabajadores contratados con posterioridad al decaimiento del convenio provincial aplicable en la empresa. Inexistencia de convenio de ámbito superior. No tienen derecho al salario previsto en el convenio. TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 365/2016 23 de febrero 2016 (rec. 161/2016)

Un comentario de esta sentencia en esta entrada

CONVENIO COLECTIVO DENUNCIADO A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 3/2012: la pérdida de vigencia por superación del plazo de un año previsto en la disp. transit. 4ª Ley 3/2012 al no contenerse cláusula expresa de ultraactividad y sin que exista convenio colectivo de ámbito superior no autoriza al empresario a disponer unilateralmente de los extremos de la relación laboral que venían siendo regulados por aquel convenio, debiendo acudir para ello al procedimiento regulado en el art. 41.4 ET, al no haberlo hecho así, las modificaciones de carácter colectivo realizadas de forma unilateral por el empresario devienen injustificadas.  TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 123/2015 20 de enero 2015 (rec. 2579/2014)

VIGENCIA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE BAILÉN: desestimación al haber sido denunciado antes de la entrada en vigor de la Ley 3/2012, haber transcurrido un año desde la entrada en vigor de dicha Ley y no haberse llegado a un pacto en contrario que hubiera tenido por objeto establecer otro régimen de ultraactividad distinto al previsto en el art. 86.3 ET, no pudiendo considerarse, la previsión del art. 3 del Convenio, el pacto expreso en contrario a que la norma se refiere para impedir la aplicación del vigente régimen de ultraactividad establecido en el art. 86.3 ET.  TSJ de Andalucía, Granada (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 130/2014 de 23 enero 2014 (rec. 130/2014).

CONVENIO COLECTIVO: vigencia: desestimación: convenio denunciado sin que se haya alcanzado pacto en contrario en materia de ultraactividad. TSJ de Islas Baleares, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 276/2015 de 21 septiembre 2015 (rec. 240/2015).

CONVENIO COLECTIVO DENUNCIADO A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 3/2012: la pérdida de vigencia por superación del plazo de un año previsto en la disp. transit. 4ª Ley 3/2012 al no contenerse cláusula expresa de ultraactividad y sin que exista convenio colectivo de ámbito superior determina que las condiciones laborales del convenio ya no vigente se incorporen a los contratos, si bien en el presente caso al haberse alcanzado un pacto de empresa entre los sujetos legitimados para negociar se ha de aplicar este, habiendo existido un verdadero proceso negociador y sin que quepa apreciar vulneración alguna del derecho a la negociación colectiva por el hecho de no haberse alcanzado un acuerdo en la negociación del convenio colectivo sectorial. TSJ de Cataluña, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 6072/2015 de 16 octubre 2015 (rec. 4594/2015).

CONVENIO COLECTIVO: la pérdida de vigencia por superación del plazo de un año al no contenerse cláusula expresa de ultraactividad determina que las condiciones laborales del convenio ya no vigente se incorporen a los contratos pudiendo modificarse por vía del art. 41 ET; es lícita la acordada al haberse alcanzado un acuerdo con el comité de empresa, sin que se aprecie lesión del derecho a la negociación colectiva al haber existido diversas reuniones en orden a la elaboración de un nuevo convenio colectivo. TSJ de Cataluña, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 6821/2015 de 18 noviembre 2015 (rec. 4913/2015).

CONVENIO COLECTIVO: Un convenio colectivo en ultraactividad no impide que el empresario recurra a la MSCT para ajustar las mismas a la nueva situación que haya podido producirse en la compañía si concurren las causas que lo habilitan. TSJ de Cataluña, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 6809/2015 de 17 noviembre 2015 (rec. 4754/2015).

CONVENIOS COLECTIVOS-ULTRAACTIVIDAD: los derechos y obligaciones de las partes existentes en el momento en que termina la ultraactividad no desaparecen porque estaban ya contractualizadas desde la creación de la relación laboral. TSJ de Asturias, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 197/2016 de 9 febrero 2016 (rec. 2574/2015).

CONVENIOS COLECTIVOS-ULTRAACTIVIDAD: procede la reclamación de complemento salariales porque los derechos y obligaciones de las partes existentes en el momento en que termina la ultraactividad no desaparecen porque estaban ya contractualizadas desde la creación de la relación laboral. TSJ de Asturias, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 213/2016 de 9 febrero 2016 (rec. 2552/2015).

 


Puede accederse a más sentencias sobre esta cuestión en este enlace

Y a otros «Recopilatorios monográficos de sentencias» aquí; y al «Popurrí de novedades judiciales» aquí

 

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