COVID-19 y RDLey 10/2020: comentario de urgencia sobre el permiso retribuido recuperable

  La actualidad normativa al son de la evolución de la crisis sanitaria está superando todas previsiones posibles (hace dos semanas, creo que nadie podía imaginar el curso de los cambios legales que se iban a precipitar). Y no sé cómo estaremos la semana que viene (aunque estoy esperanzado que mejor). Así pues, a la novedad del RDLey 9/2020 del sábado, debe sumarse la del RDL 10/2020, de 29 de […]

Los indefinidos no fijos no tienen derecho a la excedencia voluntaria reconocida a los fijos

La aplicación interna de las doctrina del TJUE sobre la Directiva 1999/70 sigue su curso y, en la medida de mis posibilidades, sigo tratando de sintetizarlas en las respectivas «Guía 1″ (de Diego Porras 1 a Montero Mateos») y «Guía 2» (de «Montero Mateos a Diego Porras 2»).

De todas las novedades recientes, me gustaría prestar atención a la STSJ Asturias 26 de diciembre 2018 (rec. 2494/2018), pues, a la luz del caso Montero Mateos (y de forma ajustada a mi entender), ha establecido que los indefinidos no fijos no tienen derecho a la excedencia voluntaria prevista en convenio colectivo del personal laboral municipal del Ayuntamiento de Cangas del Narcea, porque existe razón objetiva que justifica este trato diferenciado con fijos. Criterio que ya había mantenido con anterioridad en la STSJ Asturias 17 de abril 2018 (rec. 194/2018) pero utilizando una argumentación distinta.

Los indefinidos no fijos no tienen derecho a la excedencia voluntaria: reacciones colaterales al caso Montero Mateos

Análisis de la STSJ Andalucía\Sevilla 20 de septiembre 2018 (núm. 2569/2018) que declara (acertadamente a mi entender) que los trabajadores indefinidos no fijos no tienen derecho a la excedencia voluntaria prevista en el VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía (que sí lo reconoce a los trabajadores fijos).