Análisis de la STSJ Madrid 28 de julio 2018 (núm. 569/18), que en aplicación de la doctrina Matzak, rechaza que las guardias localizadas del personal dedicado a las tareas de extinción/prevención de incendios forestales de la Comunidad de Madrid deban ser calificadas como tiempo de trabajo.
Etiqueta: Directiva 93/104
Las guardias localizadas «pueden» computar como «tiempo de trabajo» (caso Matzak)
Análisis de la STJUE 21 de febrero 2018 (C-518/15), Matzak, que determina que el tiempo de guardia que un trabajador belga (bombero voluntario) pasa en su domicilio con la obligación de responder a las convocatorias de su empresario en un plazo de ocho minutos debe considerarse «tiempo de trabajo» (especialmente, porque restringe considerablemente la posibilidad de realizar otras actividades personales y sociales).