La reciente sentencia del TSJ Castilla y LeónValladolid 22 de abril 2015 (rec. 164/2015) ha abordado la cuestión relativa a la constitucionalidad del período de prueba del contrato indefinido de apoyo a los emprendedores.
A pesar de que se trata de un tema sobre el que he podido exponer mi opinión en otro trabajo, por cuestiones meramente temporales no he podido ahondar en las acertadas objeciones esgrimidas en los votos particulares presentados por el Magistrado Valdés Dal-Ré a las SSTC 119/2014 y 8/2015 (al que se adhieren en ambas dos Magistrados: Asua Batarrita y Ortega Álvarez).
El objeto de esta entrada es tratar de sintetizar el (discutible) criterio mayoritario del TC y que hace suyo el TSJ Castilla y LeónValladolid y exponer las principales objeciones al mismo.