COVID-19 y reconocimiento médico de los trabajadores

  La más que probable cotidianeidad del COVID-19 en nuestras vidas y, por consiguiente, en las relaciones laborales (al menos – intuyo – a corto y medio plazo) plantea (entre otras muchas) la cuestión relativa a la necesidad o no de llevar a cabo reconocimientos médicos a los trabajadores (esto es, su obligatoriedad o no). En este sentido, he creído que podía ser oportuno sintetizar la doctrina del TS al […]

¿Puede consumirse moderadamente alcohol o cannabis durante una guardia localizable? (SAN 22/2/19 y STS 10/3/21)

En el caso de que se establezca en una empresa una guardia localizable ¿qué deberes contractuales permanecen para los trabajadores? ¿Se les puede exigir que no consuman moderadamente alcohol o cannabis durante este tiempo? ¿Si son llamados, puede la empresa sancionarlos si lo han hecho y se niegan a conducir un vehículo de la empresa por este motivo?

La SAN 22 de febrero 2019 (rec. 12/2019), de forma ajustada a mi entender, ha dado respuesta a estas cuestiones, en el marco de un conflicto colectivo suscitado en Renfe, a propósito de la pretensión de la empresa de que los trabajadores adscritos (voluntariamente o no) a un servicio de guardia localizable (en concreto, el servicio de Asistencia Técnica e Intervención en Línea), regido por un Acuerdo de empresa, tengan que poner a disposición de la empresa su permiso de conducir, estén obligados de forma rotatoria a conducir los vehículos de la empresa y también a manifestar las razones personales si se niegan a hacerlo.