El objeto de esta entrada es – simplemente – enumerar los pronunciamientos judiciales recientes en los que el concepto “grupo de empresas laboral” ha sido aplicado, o bien, se ha discutido su aplicabilidad (incluyendo un breve resumen).
[la información ha sido extraída a partir del Servicio de Alertas de Westlaw-Aranzadi y el Buscador de Jurisprudencia del CGPJ/CENDOJ].
Tribunales Superiores de Justicia
GRUPO DE EMPRESAS: resposabilidad solidaria por despido objetivo improcedente: existencia. TSJ de Madrid, (Sala de lo Social, Sección 2ª) Sentencia num. 947/2015 de 18 noviembre de 2015 (rec. 643/2015)
GRUPO DE EMPRESA: a efectos laborales: desestimación. SUCESION DE EMPRESAS: desestimación: trabajadores que no prestan servicios en el servicio subrogado. TSJ de Madrid, (Sala de lo Social, Sección 3ª) Sentencia num. 54/2016 de 27 enero 2016 (rec. 672/2015)
GRUPO DE EMPRESAS A EFECTOS LABORALES: existencia: basta con la apreciación de la prestación indistinta de servicios para las dos sociedades para que se declare la existencia de unidad de empresa y responsabilidad solidaria por despido, aunque para ello no fuera suficiente que el administrador único de las dos sociedades fuera la misma persona. TSJ de Madrid, (Sala de lo Social, Sección 6ª) Sentencia num. 149/2016 de 29 febrero 2016 (rec. 23/2016).
GRUPO DE EMPRESAS: procedencia de la responsabilidad solidaria por concurrir los requisitos exigidos para ello. INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO: cómputo de sucesivos contratos temporales al existir unidad esencial del vínculo laboral. TSJ de Galicia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 786/2016 de 12 febrero 2016 (rec. 5032/2015).
GRUPO DE EMPRESAS: inexistencia por falta de concurrencia de los requisitos exigidos a tal efecto. FINIQUITO: valor liberatorio del documento, supone una inequívoca aceptación de la extinción de la relación laboral. TSJ de Galicia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 1603/2016 de 15 marzo 2016 (rec. 1959/2015).
GRUPO DE EMPRESAS: inexistencia de responsabilidad solidaria, por falta de concurrencia de los requisitos exigidos al efecto. TSJ de Andalucía, Sevilla (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 94/2016 de 19 enero 2016 (rec. 60/2015).
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