Reflexiones sobre el inminente futuro normativo del despido (y de otras extinciones contractuales)

El propósito de esta entrada es compartir algunas reflexiones sobre el futuro inmediato de la regulación del despido y de otras modalidades de extinción del contrato, así como de algunos criterios interpretativos de suma relevancia que les afecta.

Se trata de una aproximación prospectiva y sin ánimo de exhaustividad (son muchos los aspectos que afectan a la extinción del contrato y, obviamente, exceden lo que pueda exponerse en una publicación de esta naturaleza).

En concreto, compartiré lo siguiente:

– reflexiones sobre el despido disciplinario sin justa causa a propósito de la inminente decisión del CEDS en respuesta a la reclamación colectiva presentada por CCOO (y, en concreto: sobre la facultad de los jueces de ordenar la readmisión en el despido disciplinario sin causa; sobre el devengo de salarios de tramitación en todo despido sin justa causa; sobre la indemnización complementaria a la legal tasada; sobre las medidas contra el abuso en la temporalidad; y sobre el valor vinculante de las decisiones del CEDS);
– reflexiones a propósito del despido disciplinario y la posibilidad de defenderse de los cargos formulados;
– reflexiones a propósito del despido colectivo;
– reflexiones sobre la extinción del contrato temporal en los casos de temporalidad abusiva;
– reflexiones a propósito de la extinción del contrato por incapacidad y la doctrina Ca Na Negreta; y, finalmente,
– reflexiones sobre el desistimiento durante el período de prueba.

Espero que sea de su interés.

La reforma de la extinción del contrato por declaración de la pensión de gran invalidez o incapacidad permanente absoluta o total: reflexiones sobre el nuevo apartado n) del art. 49.1 ET

En el Consejo de Ministros del pasado 21 de mayo 2024, el Gobierno aprobó, a propuesta de los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, la reforma del artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores, para adaptarlo a los efectos de la STJUE 18 de enero 2024 (C‑631/22), Ca Na Negreta

El Derecho del Trabajo, síndrome de Antón y reformas legislativas

El síndrome de ANTÓN es un déficit de la conciencia por el cual el paciente, pese a tener plena capacidad cognitiva, ignora que tiene una discapacidad física. Como expone GRANT (52 y ss,), SÉNECA, al hablar de una mujer que no era consciente de su propia ceguera, fue el primero en referirse a este peculiar fenómeno. Siglos más tarde, el médico austríaco Gabriel ANTÓN, estudió el caso de una mujer llamada Úrsula MERCZ que era ciega a su propia ceguera. Desde entonces, se han diagnosticado más casos de este complejo síndrome, avanzándose en el conocimiento de sus posibles causas…

Si me estabilizo según la Ley 20/2021, ¿tengo derecho a una indemnización?

By bbeltran     [Notas: Puede complementarse el contenido de esta entrada con nuevas reacciones judiciales posteriores a la misma y recogidas en la entrada: «¿Qué es un indefinido no fijo?« También puede accederse a más información sobre este tema en esta entrada: «Extinción por cobertura reglamentaria de la plaza de indefinido no fijo y reconocimiento de indemnización por despido improcedente (STSJ Aragón 30/9/24) (septiembre 2024)» Y también en esta entrada: […]