El pago de salarios atrasados no debilita la resolución por incumplimiento ex art. 50 ET

¿El pago de los salarios atrasados y de la prestación de incapacidad por parte del empresario puede debilitar la acción de resolución por incumplimiento entablada por el trabajador ex art. 50 ET?

A esta cuestión, siguiendo la doctrina ya existente, ha dado respuesta negativamente la reciente STS 9 de diciembre 2016 (rec. 743/2015).