Sobre el régimen transitorio del fin de la prioridad aplicativa en materia salarial del convenio colectivo de empresa (DT 6ª RDLey 32/2021)

 

La «disección» del impacto del RDLey 32/2021 sigue su curso.

En este caso, me gustaría compartir algunas reflexiones sobre el fin de la prioridad aplicativa en materia salarial del convenio colectivo de empresa y, específicamente, sobre el régimen transitorio (DT 6ª RDLey 32/2021). Especialmente porque creo que plantea algunas dudas interpretativas y me gustaría compartir con ustedes mi valoración (siempre susceptible de corrección y/o adaptación a la luz de nuevas lecturas y/o de las aportaciones de la doctrina).

A lo largo de estas semanas pasadas he tenido la oportunidad (y el privilegio) de participar en diversas jornadas sobre la reforma. En todas ellas, he iniciado mi intervención con la idea de que, probablemente (como en los primeros estadios de la pandemia), estamos en la fase de tratar de formular las buenas preguntas. Y, a partir de las mismas, posteriormente, tratar de encontrar las buenas respuestas.

Y digo que es un privilegio porque, fruto de estos encuentros con profesionales, la verdad es que se aprende mucho. Especialmente, porque, como les he expuesto en otras ocasiones, los seres humanos somos víctimas de la poderosa regla descrita por KAHNEMAN como «WYSIATI» («what you see is all there is«). Es decir, actuamos pensando que todo lo que vemos/imaginamos es todo lo que hay. De modo que lo que no vemos/imaginamos no existe para nosotros. De ahí que podemos ser muy proclives al error, sin pretenderlo; y también sufrir los efectos de fenómenos «desconocidos desconocidos»: cosas que no sabemos que no sabemos.

Pues bien, precisamente, el valor de estas intervenciones y coloquios es que contribuyen a suavizar la regla WYSIATI.

Ciertamente, las problemáticas que suscita la reforma son muy superiores a las que (y hablo por mi) uno podía imaginar en un primer momento. Y, si me permiten una intimidad, llevo algunas semanas en «modo rumba» (¡la aspiradora automática!). Esto es, en una fase de «ensayo-error», tratando de mantener una actitud lo más «porosa» posible, con el propósito de absorber el mayor número de impresiones, ideas, preguntas, etc… que pueda.

Y me temo que seguiré algunas semanas (o meses) igual…

En cualquier caso, cerrado este capítulo «más íntimo», y para facilitarles el acceso, he optado por introducir el contenido de la reflexión sobre la DT 6ª en la entrada sobre el impacto del RDLey 32/2021 en la negociación colectiva: pueden acceder aquí.

Espero que pueda ser de su interés (mientras tanto, como la rumba, seguiré «deambulando» por el texto del RDLey 32/2021 a ver qué más encuentro…).

 

 

 

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