Relación de sentencias recientes (TJUE/TS/TSJ) sobre sucesión de empresa – art. 44 ET (MAY’19)

 

El objeto de esta entrada es – simplemente – enumerar los pronunciamientos judiciales recientes en los que el art. 44 ET ha sido aplicado, o bien, se ha discutido su aplicabilidad (incluyendo un breve resumen).

[la información ha sido extraída a partir del Servicio de Alertas de Westlaw-Aranzadi y el Buscador de Jurisprudencia del CGPJ/CENDOJ].

 

 

Tribunal de Justicia de la UE


▪️ Aplicación del criterio de continuidad económica permite imputar la responsabilidad a la sociedad que ha adquirido el capital y prosigue con la actividad comercial de otra que participó en las prácticas colusorias y que ha sido disuelta. STJUE 14 de marzo 2019 (C‑724/17), kaupunki.

 

 

Tribunal Supremo


▪️ Empresa contratista del servicio de comedor de escuelas infantiles de un Ayuntamiento. Recuperación del servicio por parte del ente público que pasa a realizarlo directamente en las mismas instalaciones y con los mismos medios materiales que utilizaba la anterior contratista. Resulta irrelevante, a efectos de considerar la existencia de una transmisión de empresa, la circunstancia de que los elementos materiales indispensables para el desarrollo de la actividad de que se trata hayan pertenecido siempre al Ayuntamiento, pues la cuestión de si se ha transmitido la propiedad de los elementos materiales carece de pertinencia a efectos de aplicar Directiva 2001/23/CE y en el artículo 44 ET. STS 26 de marzo 2019 (rec. 1916/2017)

▪️ Sucesión de empresa. Sucesión concesión administrativa. Servicios de guardería, comedor y otros en escuela infantil. Existe sucesión ex art. 44 ET por transmisión aunque temporal, de una unidad productiva autónoma. Reitera doctrina de sentencias en supuestos idénticos que son citadas. STS 7 de marzo 2019 (rec. 1825/2017)

▪️ Sucesión de contratas en empresas de seguridad. Disminución del volumen de la contrata. No resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 14 del Convenio Colectivo de empresas de seguridad, teniendo que hacerse cargo la empresa entrante de la totalidad de los trabajadores que la empresa saliente dedicaba a dicha contrata. Reitera doctrina STS 8 de enero de 2019 (recurso 2833/16). STS 5 de marzo 2019 (rec. 2892/2017)

▪️ Reclamación de cantidad. Prescripción. Sucesión de empresas. Responsabilidad solidaria. Se cuestiona si el plazo de 3 años desde la sucesión establecido en el art. 44.3 ET es regla especial respecto del de 1 año del art. 59.1 ET. Se estima el recurso de la empresa: el plazo de 3 años del art. 44.3 ET se refiere sólo al ámbito temporal de la solidaridad y no es un plazo singular de prescripción, por lo que no afecta al plazo de un año previsto en el art. 59.1 ET. Se aprecia la prescripción alegada por el transcurso con creces del plazo de un año, y se absuelve a la recurrente. Reitera doctrina STS/IV de 11 de julio de 2018 (rcud. 916/2017), que a su vez reitera doctrina rectificadora de la tradicional STS/IV de 17 de abril de 2018 -rcud. 79/2018-, y la posterior STS/IV de 10 de enero de 2019 -rcud. 925/2017. STS 28 de febrero 2019 (rec. 777/2017)

▪️ SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO (SAE). Personal procedente de los antiguos Consorcios de Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico (UTEDLT) que se incorporó al SAE en ampliación a la ejecución de la sentencia de esta Sala que declaró la nulidad de los despidos de todo el mencionado personal, como consecuencia de la disolución de aquellos consorcios. Reclamación de los incentivos previstos en el Convenio Colectivo de UTEDLT. Procede, dado que, tanto las normas autonómicas que regularon la absorción del personal del Consorcio por el SAE, como las consecuencias de la readmisión de los trabajadores del Consorcio, que fueron despedidos, conllevan una subrogación total del empresario nuevo (SAE) en las obligaciones del empresario anterior, que comprenden las derivadas del convenio aplicable mientras esté vigente. Efecto positivo de la cosa juzgada. STS 26 de febrero 2019 (rec. 185/2017)

▪️ ACCIONA AIRPORT SERVICES SA.- Trabajadores que prestaron servicios en «Iberia LAE SA» y pasaron voluntariamente a «Acciona Airport Services, SA», – que no es compañía aérea-, que se subrogó en las relaciones de la empresa anterior.- Reclaman el reconocimiento del derecho que tenían en su empresa de origen, de disfrutar billetes de avión gratis o a precios reducidos.- La sentencia recurrida, revocando la de instancia, concede el derecho solicitado.- Recurre «Acciona Airport Services SA» planteando dos motivos de recurso.- Se desestima el recurso.- Reitera doctrina, entre otras, 27-09-2016 (rcud 882/2015), 27-09-2016 (rcud 350/2015), 30-09-2016 (rcud 3930/2014), 04-10-2016 (rcud 689/2015), 03-05-2017 (rcud 2356/2015), 03-10-2017 (rcud 2179/2015), 10-11-2017 (rcud 827/2016), 25-01-2018 (rcud 4030/2015), 08-03-2016 (rcud 1123/2016), 26- 04-2018 (rcud 2088/2016) y 13-02-2019 (rcud 771/2017). STS 19 de febrero 2019 (rec. 1002/2017)

 

 

Tribunal Superior de Justicia


▪️ SUCESIÓN DE CONTRATAS: pese a la contraria previsión del convenio colectivo, el nuevo empresario responde de las deudas del anterior en los términos del art. 44.3 ET. DETERMINACIÓN DEL CONVENIO APLICABLE: en atención a la actividad principal de la empresa se aplica el Convenio Colectivo Estatal del Sector Laboral de Restauración Colectiva y no el Convenio Colectivo de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal, a una empresa cuya actividad principal es la prestación del servicio de alimentación y comedor en dos centros geríatricos residenciales en las que se ha subrogado; no procede integrar en el plus personal, de conformidad con la disp. transit. 4ª de dicho convenio estatal, el complemento de economatro previsto en el convenio colectivo de Asturias pues este solo se abonaba a los empleados de cooperativa de consumo. STSJ Asturias 15 de enero 2019 (rec. 2464/2018)

▪️ VIGILANCIA Y SEGURIDAD: subrogación de servicios: despido nulo por discriminación al excluir del fenómeno sucesorio a los jubilados parciales y sus relevistas, en aplicación de los establecido en el art. 14 del Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad: denegación: justificación objetiva y razonable puesto que, lo que se busca, dadas las particularidades del sector, es garantizar la estabilidad en el empleo de los trabajadores, no en el puesto de trabajo; despido improcedente. STSJ Asturias 26 de diciembre 2018 (rec. 2314/2018)

▪️ GARANTÍAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: sucesión de empresas: despido nulo por discriminación en función de la clase de contratación: inexistencia: despido improcedente. STSJ Asturias 26 de diciembre 2018 (rec. 2313/2018).

▪️ Garantías por cambio de empresario. Proceso Social. Sociedades públicas. Política Comunitaria de Trabajo. STSJ Asturias 18 de diciembre 2018 (rec. 2470/2018)

▪️ GARANTÍAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: sucesión de empresas: negativa de la empresa entrante a subrogarse en las obligaciones derivadas del contrato de trabajo del trabajador por tratarse de un relevista de jubilado a tiempo parcial: improcedencia: despido improcedente. STSJ Asturias 11 de diciembre 2018 (rec. 2249/2018)

▪️ INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO: cuantía: determinación: sucesión de empresas: cómputo como antigüedad la del primero de los contratos de trabajo: estimación: trabajadora, que prestaba servicios como camarera en establecimiento de hostelería, que fue objeto de sucesivos contratos de traspaso: sucesión empresarial entre empresas que tenían el mismo objeto, la actividad precisaba de los mismos elementos materiales, que fueron incluidos en el traspaso, y a cuya trasmisión acompañaron varios de los trabajadores que prestaban servicios con anterioridad. STSJ C. Valenciana 17 de diciembre 2019 (rec. 3568/2018)

▪️ SUCESIÓN DE EMPRESAS: efectos: subrogación de trabajador: desestimación: contrata celebrada entre empresas privadas: convenio colectivo aplicable en el que se indica que operará la figura de la subrogación en el caso de contratas celebradas con Administraciones Públicas, pero cuando la contrata se celebre con una empresa privada únicamente existirá un derecho de ingreso preferente: comunicación, por parte de la empresa entrante a la empresa saliente, en la que le indica que de sus 36 trabajadores contratará únicamente a 22: antigüedad del trabajador demandante inferior a la de los trabajadores subrogados. STSJ Andalucía\Sevilla 27 de diciembre 2018 (rec. 4343/2017)

▪️ SUCESIÓN DE EMPRESAS: desestimación: los supuestos de reversión de instalaciones tras finalización de concesiones administrativas no constituyen per se un supuesto de sucesión empresarial: falta de acreditación de que el Ayuntamiento asumiera el control efectivo directo de explotación de instalaciones deportivas. STSJ Andalucía\Sevilla 5 de diciembre 2018 (rec. 4270/2017)

▪️ SUCESIÓN DE EMPRESAS: sucesión de contratas de servicios de mantenimiento mecánico, asumiendo la empresa entrante parte significativa de la plantilla de la saliente. STSJ Andalucía\Sevilla 29 de noviembre 2018 (rec. 4067/2017)

▪️ CONTRATO PARA OBRA O SERVICIO DETERMINADO: extinción procedente por fin de contrata: inexistencia de sucesión de empresas por sucesión de plantilla. STSJ Andalucía\Málaga 14 de noviembre 2018 (rec. 1444/2018).

▪️ SUCESIÓN DE EMPRESAS: desestimación: cambio de adjudicataria de contrata dedicada al mantenimiento de aerogeneradores de centrales eólicas: ausencia de una transmisión de los elementos materiales necesarios para el desarrollo de la actividad: sucesión de plantillas inexistente: integración en la nueva adjudicataria de tan solo uno de los trabajadores que prestaban servicios para la anterior adjudicataria. STSJ CyL\Valladolid 14 de enero 2019 (rec. 2149/2018)

▪️ Garantías por cambio de empresario. Seguridad pública y privada. STSJ CyL\Valladolid 20 de diciembre 2018 (rec. 2016/2018)

▪️ INEXISTENCIA DE SUCESIÓN DE EMPRESAS: reversión del servicio de limpieza de instalaciones que no va a acompañada de la transmisión de elementos materiales o patrimoniales, ni asunción de trabajadores, introduciendo la Administración cambios en al gestión; no resultando aplicable el convenio colectivo colectivo de limpieza de edificios y locales, ni el art. 130.3 Ley 9/2017 por tratarse de una contrato adjudicado antes de su entrada en vigor. SSTSJ CyL\Burgos 17 de enero 2019 (rec. 916/2018); y 21 de diciembre 2018 (rec. 888/2018).

▪️ SUBROGACIÓN EMPRESARIAL: existencia: asunción directa por Ayuntamiento de la gestión del servicio público realizado por la anterior empresa concesionaria de la limpieza de edificios y locales: obligación derivada de la Ley de Contratos del Sector Público vigente, en concordancia con el convenio colectivo sectorial de aplicación; despido improcedente, por no adscripción del personal: siendo responsabilidad exclusiva del organismo público que rescata el servicio. STSJ CyL\Burgos 20 de diciembre 2018 (rec. 891/2018)

▪️ SUBROGACION EMPRESARIAL: desestimación: reversión de servicio previamente descentralizado por administración pública: inaplicación del convenio colectivo sectorial, e inexistencia de sucesión de plantilla ni de transmisión de elementos patrimoniales. STSJ CyL\Burgos 13 de diciembre 2018 (rec. 816/2018)

▪️ SUCESIÓN DE EMPRESAS: estimación: transmisión de una entidad económica que mantiene su identidad: asunción por la empresa entrante de parte de la plantilla de la anterior empresa, que pasó a prestar servicios para el nuevo empresario de forma inmediata en el mismo centro de trabajo. DESPIDO IMPROCEDENTE: consecuencias: indemnización: cuantía: determinación: existencia de dos despidos derivados de dos relaciones laborales diferentes con dos empleadores distintos, siendo los servicios prestados en un mismo inmueble pero en dependencias separadas: abono de dos indemnizaciones calculadas por separado teniendo en cuenta la antigüedad en la prestación de servicios en cada una de ellas. STSJ Galicia 28 de diciembre 2018 (rec. 3196/2018)

▪️ GARANTÍAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: cesión ilegal de trabajadores: cuestión prejudicial en sede del procedimiento del despido, que al no haberse acreditado el hecho del despido es innecesario resolver al no ser preciso establecer cuál es el real empleador del trabajador. STSJ Galicia 26 de diciembre 2018 (rec. 2912/2018).

▪️ SUCESIÓN DE EMPRESAS: habiéndose procedido a la subrogación parcial por parte de Cruz Roja en los términos establecidos en el VI Convenio Colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal para los servicios de teleasistencia no existe una modificación sustancial de condiciones de trabajo, ni la simple reducción de la jornada supone una novación del contrato a otro a tiempo parcial, ni se aprecian indicios de vulneración de derechos fundamentales. STSJ Galicia 20 de diciembre 2018 (rec. 2803/2018)

▪️ IMPROCEDENTE SUBROGACIÓN DE PERSONAL: tratándose de la adjudicación del contrato de gestión de servicio público de transporte de transporte regular de uso general de viajeros por carretera de determinada ruta en el que el propio pliego de prescripciones técnicas remite al Acuerdo Marco Estatal sobre materias de transporte de viajeros por carretera, mediante vehículos de tracción mecánica de más de nueve plazas incluido el conductor, para que proceda la suborgación es necesarioi que se trate de empleados que desarrollen su actividad, aunque sea en parte, en el servicio concesional afectado, lo que no concurre en el personal de gestión financiera. STSJ  Galicia 7 de diciembre 2018 (rec. 3220/2018)

▪️ IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA, SA: subrogación empresarial en supuesto de adjudicación del servicio de «handling»: el respeto a las condiciones retributivas preexistentes, por estar establecido como garantía «ad personam» en el convenio colectivo de la cesionaria supone que es obligado el respeto de percepción económica bruta anual que venía disfrutando en la empresa subrogada, siempre y cuando, se realice el trabajo en las mismas variables que se realizaba antes; de este modo, no tiene derecho a percibir los complementos de jornada irregular y jornada irregular diaria, puesto que, en la nueva empresa, no desarrolla dicha jornada. STSJ Baleares 4 de diciembre 2018 (rec. 389/2018)

▪️ SUBROGACIÓN EMPRESARIAL: existencia, por absorción de la actividad por la empresa principal, que es la que aporta los medios materiales y la dirección organizativa, utilizando el antijurídico mecanismo de la cesión ilegal. ANTIGÜEDAD A EFECTOS DE LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO: se han de tener en cuenta los servicios prestados desde el primero de los contratos temporales suscritos, en aplicación de la teoría de la unidad esencial de vínculo contractual, aunque haya habido interrupciones superiores a los veinte días hábiles. STSJ Cataluña 24 de enero 2019 (rec. 5699/2018)

▪️ LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES: subrogación empresarial: sucesión de contratas: cumplimiento efectivo a las obligaciones que le impone el convenio colectivo por la empresa saliente. STSJ CLM 24 de enero2019 (rec. 1892/2018)

▪️ GARANTÍAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: sucesión por reversión: inexistencia: Administración que ante el incumplimiento de la anterior concesionaria, inicia expediente de resolución del contrato y procede a una nueva adjudicación a otra empresa. STSJ CLM 18 de diciembre 2018 (rec. 1476/2018)

▪️ INEXISTENCIA DE SUCESIÓN DE EMPRESA: arrendamiento de industria o negocio de cafetería, no de una empresa en funcionamiento que acaba empleando a varios trabajadores, y que, tras la extinción del contrato y posterior reversión al arrendador, no reanuda ningún tipo actividad empresarial, no resultando, por tanto, responsable en la extinción improcedente de los contratos de dichos trabajadores. STSJ Madrid 6 de noviembre 2018 (rec. 598/2018)

 

 

 


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