Duración inusualmente larga de interino por vacante o de indefinido no fijo y cobertura reglamentaria de la plaza: ¿8 o 20 días o no cabe indemnización?

  La STSJ Andalucía\Sevilla 25 de octubre 2018 (rec. 3737/2017), en el marco de la extinción de un interino por vacante, ha calificado a los indefinidos no fijos como contratos sometidos a condición (como había mantenido la jurisprudencia hasta la importante STS 24 junio de 2014, rec. 217/2013). En concreto, en una demanda de despido (declarado inexistente) y siguiendo las doctrinas «Montero Mateos» y «Huétor Vega», reconoce una indemnización de 8 días ex […]

Extensión de indemnización de 20 días a contrato de obra y servicio: objeciones a la STSJ País Vasco 18/10/16

Análisis crítico del argumento sustantivo (asimilación entre extinticón por fin de la obra y servicio con la resolución causal) empleado por la sentencia del TSJ País de Vasco 18 de octubre 2016 (núm. 1962/16) para fundamentar la extensión de la indemnización de 20 días a la extinción de un contrato por obra o servicio en el sector público.

Doctrina TJUE «de Diego Porras»: Primeras reacciones judiciales (STSJ Madrid 5/10/16)

Las primeras reacciones judiciales a la doctrina «de Diego Porras» no se han hecho esperar y el TSJ Madrid, tras elevar en diciembre de 2014 ante el TJUE una petición de decisión prejudicial, ha reconocido el derecho de la trabajadora interina a percibir la misma indemnización que la prevista para el despido objetivo (Sentencia 5 de octubre 2016). Esto es, 20 días por año trabajado (con un máximo de 12 meses).

La primera conclusión que puede extraerse de la citada sentencia es que sólo se refiere a la extinción de un contrato de interinidad. De modo que el TSJ Madrid no ha entrado a valorar si el mismo importe indemnizatorio es predicable a otros contratos temporales.