Cálculo de la indemnización por despido improcedente: últimos criterios jurisprudenciales

El Tribunal Supremo recientemente ha tenido oportunidad de resolver algunos conflictos que afectaban a la interpretación sobre el cálculo de la indemnización por despido improcedente. Concretamente sobre: el parámetro salarial para el cálculo de la indemnización; sobre la antigüedad en la sucesión de contratos temporales; y sobre el método de cálculo ex DT 5ª Ley 12/2012.

En esencia, al Alto Tribunal ha ratificado el contenido de las doctrinas que había mantenido en anteriores pronunciamientos. El objeto de esta entrada es abordarlas de forma breve.

Despido improcedente, indemnización y DT 5ª Ley 3/12: controversia viva (STS 16/9/16)

Análisis de la STS 16 de septiembre 2016 (rec. 38/2015) que a la hora de calcular las indemnizaciones por despido improcedente de contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 3/2012 sigue la misma fundamentación que la STS 18 de febrero 2016 (rec. 3257/2014) y que, como se sabe, se opone al criterio que se induce de la STS 29 de septiembre 2014 (rec. 3065/2013).

No obstante, no puede afirmarse categóricamente que la controversia haya sido pacificada.

Indemnización por despido improcedente y (doble) prorrateo de períodos inferiores al mes ‘ex’ DT 5ª RDLey 3/2012

Análisis de la discusión interpretativa en suplicación que gravita sobre la aplicación del prorrateo de los períodos inferiores a un mes en el cálculo de las indemnizaciones por despido improcedente de los contratos vigentes con anterioridad a la reforma de 2012 y extinguidos con posterioridad a los que es de aplicación el RDLey 3/2012.

Período de prueba en contrato indefinido de apoyo a emprendedores y la jurisprudencia del Comité Europeo de Derechos Sociales

Análisis crítico de la STSJ Cataluña 1 de marzo 2016 (rec. 6039/2015) que – confirmando la doctrina vertida en la Sentencia (Pleno) 22 de junio 2015 (rec. 134/2015) – entiende que la Carta Social Europea no puede ser invocada a efectos de su aplicación directa, menos lo son las Conclusiones emitidas por el Comité Europeo de Derechos Sociales.

STS 18/2/16, indemnización por despido improcedente y DT 5ª Ley 3/12: ¿jurisprudencia unificada?

Análisis de la STS 18 de febrero 2016 (rec. 3257/2014) que, oponiéndose a la STS 29 de septiembre 2014 (rec. 3065/2013), determina cómo deben calcularse las indemnizaciones por despido improcedente de las relaciones preexistentes a la reforma de 2012.

No obstante, en esta entrada se trata de evidenciar que la doctrina sigue sin ser pacífica en el seno del Alto Tribunal.

Redefinición de la indemnización por despido improcedente de los contratos preexistentes a la reforma de 2012

A partir de las notas publicadas en este blog sobre la STS 29 de septiembre de 2014 (rec. 3065/2013), relativa al cálculo de la indemnización por despido improcedente, acaba de salir publicado en la Revista IusLabor 2/2015 un trabajo con el titulo: «Redefinición de la indemnización por despido improcedente de los contratos preexistentes a la reforma de 2012»

El ensayo, a partir del análisis de la evolución legislativa reciente sobre del importe de la indemnización por despido improcedente, centra la atención en la controvertida STS 29 de septiembre 2014 (rec. 3065/2013), defendiendo que categóricamente no puede descartarse el criterio hermenéutico que defiende el Tribunal Supremo.

Se tiene acceso al texto completo del ensayo

Período de prueba en el Contrato Indefinido de Apoyo a Emprendedores: reflexiones a propósito de la STSJ Castilla y LeónValladolid 22.4.15

La reciente sentencia del TSJ Castilla y LeónValladolid 22 de abril 2015 (rec. 164/2015) ha abordado la cuestión relativa a la constitucionalidad del período de prueba del contrato indefinido de apoyo a los emprendedores.

A pesar de que se trata de un tema sobre el que he podido exponer mi opinión en otro trabajo, por cuestiones meramente temporales no he podido ahondar en las acertadas objeciones esgrimidas en los votos particulares presentados por el Magistrado Valdés Dal-Ré a las SSTC 119/2014 y 8/2015 (al que se adhieren en ambas dos Magistrados: Asua Batarrita y Ortega Álvarez).

El objeto de esta entrada es tratar de sintetizar el (discutible) criterio mayoritario del TC y que hace suyo el TSJ Castilla y LeónValladolid y exponer las principales objeciones al mismo.