Sobre el concepto de modificación sustancial de las condiciones de trabajo: a propósito de los controladores aéreos

La STS 17 de enero 2017 (rec. 2/2016) ha tenido que precisar si el tiempo de formación impuesto por ENAIRE a un colectivo de controladores aéreos puede calificarse como una alteración de la jornada subsumible en el concepto de modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

El TS, ratificando el criterio de la AN, ha entendido que esta obligación formativa no puede calificarse como una modificación sustancial de la jornada por las siguientes razones: tiene carácter ocasional, afecta a un porcentaje reducido de trabajadores, tiene una duración limitada en el tiempo, supone ampliar la jornada del día en 15 minutos, sin que se supere con ello la jornada del convenio colectivo, y está justificada por la necesidad de dar formación.

Formación en prevención de riesgos laborales anterior a la contratación: a cargo de la empresa y como tiempo efectivo de trabajo

Análisis de la SAN 23 de diciembre 2016 (núm. 198/216) que declara que la formación en materia de prevención (incluida la realizada con carácter previo a la contratación), se imparta a cargo de la empresa, sin coste alguno para el trabajador (abonándose al valor tipo hora convenio que corresponda al nivel salarial del trabajador), llevándola a cabo dentro de la jornada laboral.