Redefinición de la indemnización por despido improcedente de los contratos preexistentes a la reforma de 2012

DSC03418

A partir de las notas publicadas en este blog sobre la STS 29 de septiembre de 2014 (rec. 3065/2013), relativa al cálculo de la indemnización por despido improcedente, acaba de salir publicado en la Revista IusLabor 2/2015 un trabajo con el titulo: «Redefinición de la indemnización por despido improcedente de los contratos preexistentes a la reforma de 2012»

El ensayo, a partir del análisis de la evolución legislativa reciente sobre del importe de la indemnización por despido improcedente, centra la atención en la controvertida STS 29 de septiembre 2014 (rec. 3065/2013).

Como se sabe, a la luz de la interpretación de la DT quinta.2 del RDL 3/2012, el Alto Tribunal establece (sin apenas fundamentarlo) que para los trabajadores con una antigüedad superior a 16 años en la fecha de entrada en vigor del RDL 3/2012, el importe de la indemnización por despido improcedente debe ser la suma del cálculo resultante del período anterior a febrero 2012 (a 45 días por año) y del posterior a esta fecha (a 33 días por año) con un máximo de 42 mensualidades.

En mi opinión, a pesar de que la sentencia explícitamente no detalla los argumentos para fundamentar esta interpretación, la exposición de motivos de la Ley (manifestando la voluntad de mantener las expectativas indemnizatorias de los trabajadores con contrato en vigor) y la ambivalencia de la literalidad de la DT quinta.2 RDL 3/2012 impiden que categóricamente pueda descartarse el criterio hermenéutico que defiende el Tribunal Supremo.

Puede accederse al texto completo del trabajo en este enlace.

—–

—-

—–

Print Friendly, PDF & Email

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.